
¿Quiénes pueden acceder a la jubilación anticipada en Chile?

La jubilación anticipada es la posibilidad de pensionarse antes de la edad legal de retiro, siempre que se cumplan condiciones especiales. En Chile, se conoce técnicamente como “pensión de vejez anticipada” y está regulada por el decreto ley 3.500 y sus modificaciones. Esta modalidad permite a trabajadores o trabajadoras pensionarse anticipadamente, antes de cumplir los 65 años (hombres) o 60 años (mujeres), si demuestran un nivel de cotización suficiente y ciertos requisitos mínimos de pensión. En otras palabras, quien accede a jubilación anticipada adelanta su retiro del trabajo normal, pero debe cumplir con condiciones adicionales fijadas en la ley.
Modalidades de jubilación anticipada en Chile
Jubilación anticipada por edad
La modalidad más común es la jubilación anticipada por edad. En ella, el afiliado solicita pensionarse antes de la edad legal siempre que alcance un monto mínimo de pensión. Legalmente se exige simultáneamente obtener una pensión proyectada igual o superior al 70% del promedio de sus ingresos imponibles de los últimos 10 años, y además que dicho monto sea al menos 12 Unidades de Fomento (UF). Estos requisitos apuntan a garantizar una pensión digna aun cuando se recurra antes a la jubilación. Por ejemplo, una mujer de 59 años o un hombre de 62 que cumple ambos mínimos puede acogerse a esta pensión anticipada. En la práctica, la “edad anticipada” depende del cumplimiento de los requisitos de rentabilidad previsional y no de un año fijo: basta que, al año que solicite la jubilación, la AFP demuestre que se obtendrá la pensión mínima exigida. Cabe recordar que la edad legal ordinaria sigue siendo 60 años para mujeres y 65 años para hombres, por lo que la jubilación anticipada puede considerarse dentro de esos rangos si se cumplen los criterios de pensión mínima. En todos los casos, tanto mujeres como hombres deben cumplir los mismos requisitos de monto (70% y 12 UF) para optar a esta modalidad.
Jubilación anticipada por invalidez parcial
Una modalidad especial es la jubilación anticipada por invalidez parcial. Esto aplica cuando una persona sufre una discapacidad significativa debido a enfermedad o accidente, pero que no la incapacita totalmente. El sistema de pensiones chileno contempla pensiones de invalidez total y parcial. La invalidez parcial se considera un estado transitorio, donde la persona afectada recibe una pensión durante un período (hasta 3 años en el primer dictamen) mientras su grado de incapacidad no alcance el 100%. En este caso, la persona puede solicitar la pensión de invalidez ante el Instituto de Normalización Previsional (INP) o el organismo correspondiente (COMPIN/IPS) en cualquier momento, sin necesidad de esperar la edad legal. La pensión que se otorga equivale a un porcentaje de la base imponible dependiendo del grado de invalidez. Al cumplir 65 años (o 60 para mujer), la pensión de invalidez se convierte automáticamente en pensión de vejez. Aunque no se exige un monto mínimo como en la pensión anticipada por edad, este beneficio permite retirarse antes en caso de dificultades de salud y recibir un pago provisional basado en la capacidad laboral reducida.
Jubilación anticipada por trabajos pesados
Otra modalidad especial es la jubilación anticipada para quienes han desempeñado trabajos pesados o penosos. La Ley N°19.404 (de 1995) establece que ciertas labores con desgaste físico o altas exigencias (minería, albañilería, recolección, limpieza, bomberos voluntarios, etc.) pueden ser calificadas oficialmente como “trabajo pesado”. Para ello, la Comisión Ergonómica Nacional (CEN) evalúa el cargo y determina si corresponde a esta categoría. Los trabajadores cuyos cargos están calificados como “pesados” pueden realizar una cotización adicional por sobre el 10% legal: un extra del 1% o 2% sobre su salario. A cambio, obtienen años de adelanto en su jubilación: si la cotización adicional fue del 2%, se reduce la edad de retiro en 2 años por cada 5 años cotizados con ese recargo (hasta un máximo de 10 años de rebaja). Si la cotización adicional fue sólo del 1%, se adelanta 1 año por cada 5 cotizados (hasta 5 años de rebaja). Además de cotizar este suplemento, la persona debe tener al menos 20 años totales de cotización al momento de pensionarse. En resumen, los trabajadores que hayan desempeñado labores calificadas como pesadas y hayan cotizado el recargo correspondiente pueden jubilarse anticipadamente varios años antes de la edad legal gracias a estos beneficios especiales.
Requisitos generales para acceder
En todas las modalidades de jubilación anticipada existen requisitos de base que los postulantes deben cumplir. Uno de ellos es tener al menos 10 años de afiliación al sistema de pensiones. Esto significa 10 años cotizando en una AFP o combinando cotizaciones en el sistema antiguo (IPS/DL 3500) con el nuevo, de forma que la suma total sea 10 años o más. Además, en el caso de la jubilación por edad anticipada, el solicitante debe proyectar una pensión mínima (70% de los ingresos pasados) que supere las 12 UF por mes. En otras palabras, si la AFP calcula que la pensión quedaría debajo de 12 UF o del 70%, no será posible pensionarse anticipadamente. En el caso de trabajos pesados, como vimos, se exige además la cotización extra de 1% o 2% y tener al menos 20 años de cotizaciones en total. Por último, la persona debe estar afiliada a una AFP y mantenerse al día en sus aportes. No cumplir con alguno de estos requisitos generales impide acceder a la jubilación anticipada.
Requisitos específicos para mujeres y hombres
En Chile, la legislación distingue entre los géneros en cuanto a la edad legal de retiro: las mujeres pueden pensionarse a los 60 años y los hombres a los 65. Sin embargo, este diferencial no modifica los requisitos de cotización y montos mínimos de la jubilación anticipada, que son iguales para ambos. Es decir, tanto mujeres como hombres deben cumplir los criterios del 70% y 12 UF mencionados, sin privilegio de género. No obstante, existen disposiciones de compensación que procuran equilibrar las pensiones cuando ambos se jubilan a los 65 años: por ejemplo, la reforma previsional introdujo una “compensación de género” que asegura que un hombre y una mujer con el mismo historial contributivo y grupo familiar reciban la misma pensión si ambos se jubilan a los 65. En la práctica, esto significa que al jubilarse, las mujeres podrían recibir un ligero aumento en su pensión para compensar los años en que cotizaron menos (por ejemplo, durante su juventud). Aparte de esto, la planificación y los beneficios son similares para ambos: ambos deben verificar su saldo previsional, calificar sus años de trabajo y completar los trámites correspondientes para pensionarse anticipadamente.
Sistema de pensiones vigente (AFP, rentas vitalicias, retiro programado)
El sistema previsional chileno se basa en la capitalización individual mediante Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Tanto trabajadores dependientes como independientes cotizan mensualmente un % de sus ingresos (10% sobre la renta imponible) a una cuenta personal en la AFP seleccionada. Estos fondos acumulados buscan financiar la pensión futura. Al momento de pensionarse (por vejez o anticipadamente), el afiliado dispone de varias modalidades para retirar su ahorro:
- Retiro Programado: es la modalidad por defecto en la AFP. La Administradora paga mensualmente una pensión calculada en función del saldo acumulado, la rentabilidad de los fondos y la expectativa de vida del afiliado (y de sus beneficiarios, si corresponde). En esta modalidad la persona sigue siendo propietaria de los fondos restantes, puede cambiar de AFP o modalidad y sus herederos reciben lo que quede en caso de fallecer. La pensión varía cada año debido a la actualización por rentabilidad y saldo remanente.
- Renta Vitalicia Inmediata: el afiliado transfiere todo su saldo previsional a una compañía de seguros de vida, la cual contrata el pago de una renta mensual fija (ajustada por UF) de por vida. Así, la AFP entrega los fondos a la aseguradora y ésta garantiza una pensión constante para el resto de la vida del pensionado (y pago a sus beneficiarios sobrevivientes). Esta opción es irreversible una vez contratada y suele convenir a quienes buscan una pensión fija sin exponer saldo remanente.
- Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida: es una combinación que incluye un periodo de retiro programado y luego una renta vitalicia. El afiliado recibe primero una pensión financiada con parte de sus fondos en AFP (retiro programado), y a futuro (tras cumplir un plazo elegido) obtiene una renta vitalicia inmediata de los fondos restantes. Esta modalidad aplica cuando se quiere demorar parte de la conversión a renta vitalicia.
- Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado: consiste en dividir el saldo entre una renta vitalicia inmediata y un retiro programado simultáneamente. Así, parte del ahorro financia una renta fija (vitalicia) y parte se mantiene en la AFP para retiros ajustados, complementando la pensión mensual.
En todos los casos, se utilizan herramientas como el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP), donde el afiliado recibe cotizaciones de pensión de distintas AFP o aseguradoras para evaluar las modalidades disponibles. Cabe destacar que, además del pilar de AFP, existe un pilar solidario estatal que ofrece beneficios adicionales a quienes reciben pensiones bajas, como el Aporte Previsional Solidario (APS) y la Pensión Garantizada Universal (PGU) para mayores de 65 años con pensiones hasta cierto límite. Todo este contexto del sistema previsional es el marco en que se solicita cualquier jubilación, incluyendo la anticipada.
Reforma previsional actualizada a 2025 (Ley 21.419 y otras reformas)
En los últimos años Chile ha aprobado una serie de reformas que impactan el sistema de pensiones. La Ley N° 21.419 de enero de 2022 es especialmente relevante: ella creó la Pensión Garantizada Universal (PGU), un beneficio estatal que complementa la pensión de las personas de 65 o más años con ingresos más bajos. Esta ley y sus modificaciones (incluida una “ley corta” del PGU) amplían el Pilar Solidario y mejoran las pensiones mínimas. Otras reformas han incrementado gradualmente las cotizaciones patronales destinadas a pensiones y han uniformado ciertos aportes. Por ejemplo, desde abril de 2025 el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) fue fijado en 1,78% para todos (antes existían diferencias por sexo). Asimismo, se han introducido cambios para reducir brechas de género: la nueva compensación por género asegura que hombres y mujeres jubilados a los 65 años con igual trayectoria laboral reciban la misma pensión (implementando un aporte adicional de 0,25 UF mensuales para equilibrar). En resumen, la reforma de pensiones en 2022-2024 ha reforzado los pilares solidarios, elevado montos mínimos (PBS, APS, PGU) e igualado condiciones entre hombres y mujeres, además de crear un nuevo esquema de contribuciones sociales. Estas reformas no modifican directamente los requisitos de la jubilación anticipada, pero mejoran la cobertura y los montos de las pensiones en general.
Procedimiento paso a paso para solicitar la jubilación anticipada
- Revisar los requisitos y calcular la pensión estimada. Antes de iniciar el trámite, la persona debe confirmar que cumple con las condiciones (cotizaciones acumuladas y proyección de pensión de al menos 70% y 12 UF). Cada AFP entrega regularmente un certificado de saldo previsional donde se indica la pensión proyectada bajo distintos escenarios. Conviene simular usando esos datos para verificar que se alcanzan los mínimos exigidos.
- Solicitar el certificado de saldo en la AFP. Con la identificación (cédula de identidad) a la mano, el afiliado acude o ingresa a la plataforma de su AFP para pedir el certificado de saldo efectivo de la cuenta personal. La AFP tiene un plazo legal de 10 días hábiles para calcular el saldo acumulado y emitir el certificado correspondiente. Este documento detalla el monto acumulado, la pensión proyectada y los requisitos necesarios (incluyendo el adicional para excedente si aplica).
- Presentar la solicitud de pensión en la AFP. Una vez con el certificado de saldo, el afiliado completa en la AFP la “Solicitud de Pensión” (indicando que se acoge a jubilación anticipada) y la “Declaración de Beneficiarios”. Debe adjuntar su cédula de identidad y certificados civiles: el certificado de nacimiento propio y, en su caso, el certificado de matrimonio o de unión civil y los certificados de nacimiento de sus hijos o beneficiarios. Si la jubilación anticipada es por trabajo pesado, debe presentar también el certificado de calificación de la CEN o el formulario de solicitud respectivo (con certificado del empleador descrito el cargo).
- Revisión y cálculo de la AFP. Con la solicitud presentada, la AFP verifica que el afiliado cumpla los requisitos de cotización y monta en la pensión. Emitirá formalmente el certificado de cotizaciones y pensión solicitada en el plazo legal. Esto incluye la pensión estimada final y confirmación de haber alcanzado el 70% y las 12 UF.
- Comparar ofertas de pensión (SCOMP). Con el certificado de saldo, el afiliado puede solicitar cotizaciones de pensión usando el Sistema de Consultas de Montos de Pensión (SCOMP). A través de este sistema, que opera vía web o en la AFP, el afiliado recibe varias ofertas según diferentes modalidades (ret. programado, rentas vitalicias, mixtas). Es un paso obligatorio para elegir la modalidad de pago.
- Elegir modalidad y firmar el contrato de pensión. Con la información de SCOMP, la persona analiza qué modalidad le conviene (por ejemplo, elegir una renta vitalicia si prefiere estabilidad, o retiro programado si quiere flexibilidad). Finalmente, firma el contrato correspondiente (AFP o aseguradora de vida) para formalizar su pensión anticipada. A partir de esa fecha, comenzará a recibir la pensión mensual calculada. Si el afiliado continúa activo en su empleo, igual puede recibir la pensión simultáneamente mientras siga cotizando.
Documentación necesaria
- Identificación personal: Cédula nacional de identidad vigente.
- Solicitud y formularios AFP: Hoja de solicitud de pensión anticipada de la AFP y declaración de beneficiarios, firmados.
- Certificados civiles: Certificado de nacimiento del solicitante; certificado de matrimonio o unión civil (si aplica); certificados de nacimiento de hijos u otros beneficiarios que se indiquen en la solicitud.
- Certificado de saldo: Documento expedido por la AFP donde figura el monto acumulado y la pensión estimada. (La AFP lo emite tras la solicitud inicial en unos 10 días).
- Documentación laboral adicional: Si la solicitud es por trabajo pesado, se requiere el certificado de calificación de la CEN o el formulario de solicitud de calificación, que incluye un certificado del empleador describiendo la labor desempeñada. En caso de invalidez parcial, se debe presentar el certificado médico o dictamen del SIS que acredite la discapacidad.
- Antecedentes de cotizaciones anteriores: En caso de haber cotizado en el sistema antiguo (IPS, Capredena, Dipreca), puede ser necesario el comprobante o certificado correspondiente, para sumar años de afiliación.
Ejemplos prácticos de jubilación anticipada
Ejemplo 1 – Jubilación anticipada por edad: Don José tiene 62 años y trabajó 30 años como profesional independiente, acumulando cerca de 300 millones de pesos en su AFP. Su sueldo promedio en los últimos años ha sido alto, por lo que al solicitar su certificado de saldo la AFP proyecta una pensión equivalente a 15 UF mensuales (aprox. 550 mil pesos), que supera el mínimo de 12 UF y representa más del 70% de su promedio de remuneraciones. Como cumple ambos requisitos, decide acogerse a la jubilación anticipada. Tras presentar su solicitud en la AFP y comparar ofertas de pensión, elige un plan de retiro programado. De esta forma, comienza a recibir mensualmente la pensión estimada y continúa trabajando por su cuenta en actividades menos exigentes.
Ejemplo 2 – Jubilación anticipada por trabajo pesado: La Sra. María trabajó 25 años como operaria en la construcción, en un cargo calificado como “pesado” por la CEN. Cotizó voluntariamente un 2% adicional en su AFP por este concepto. A los 58 años solicita su jubilación anticipada. Como tiene 25 años de cotización con recargo de trabajo pesado, la ley le permite reducir en 10 años su edad de retiro (2 años por cada 5 de cotización extra). Además, la AFP calcula que con el saldo de sus años de trabajo recibirá una pensión de 13 UF, que cumple con el requisito mínimo. Con estos antecedentes, la AFP aprueba su jubilación. María comienza a cobrar su pensión a los 58 años en vez de a los 68, gracias al reconocimiento de su labor penosa.
Ejemplo 3 – Jubilación anticipada por invalidez parcial: El Sr. Pablo, de 59 años, sufrió una enfermedad crónica degenerativa que le impide seguir trabajando a tiempo completo. Tras evaluación médica, el ISS le otorga un grado de invalidez parcial del 70%. Pablo presenta el dictamen en la AFP, donde se calcula su pensión de invalidez basada en sus ahorros. Dado que la invalidez parcial se puede otorgar antes de la edad legal, Pablo comienza a cobrar una pensión de invalidez desde los 59 años. Esta pensión es transitoria (por ejemplo, revisable cada 3 años), y al cumplir los 65 años se convertirá automáticamente en pensión de vejez ordinaria sin necesidad de nuevos trámites.
Diferencias entre jubilación anticipada y pensión de vejez
La jubilación anticipada y la pensión de vejez ordinaria difieren principalmente en los requisitos y en la edad de retiro. En la pensión de vejez tradicional basta cumplir la edad legal (60 años para mujeres, 65 años para hombres) y acreditar los años de cotización mínimos; no se exige un monto mínimo de pensión. En cambio, la jubilación anticipada permite pensionarse antes de esas edades, pero exige condiciones adicionales: el afiliado debe demostrar que obtendrá una pensión equivalente al menos al 70% de sus ingresos recientes y de 12 UF como mínimo. Por ello, al pensionarse anticipadamente es común recibir un monto menor que si la persona esperara hasta la edad normal, ya que se adelanta el retiro con menos años cotizados. Además, la jubilación anticipada puede implicar efecto en beneficios estatales (por ejemplo, acceder antes a la PGU si se cumple la edad mínima, que en este caso sigue siendo 65 años). En resumen, la pensión de vejez normal se basa solo en la edad y los ahorros acumulados, mientras que la pensión anticipada implica adelantar la fecha de retiro sujetándose a los umbrales de pensión establecidos en la ley.
Consejos para planificar la jubilación anticipada
- Evaluar con anticipación: Calcule periódicamente su pensión estimada usando las herramientas de la AFP o simuladores en línea. Verifique que su pensión proyectada supere los mínimos (70% y 12 UF) antes de decidir retirarse.
- Aumentar los ahorros previsionales: Si le falta llegar a la pensión mínima, considere depósitos convenidos con su empleador o ahorro previsional voluntario (APV/Cuenta 2) para incrementar el saldo de su cuenta. Esto mejorará la pensión proyectada.
- Cotización por trabajo pesado: Si trabaja en labores penosas, solicite la calificación de trabajo pesado ante la Comisión Ergonómica (CEN) y cotice el 1% o 2% adicional. Ese extra le permitirá anticipar su jubilación por cada 5 años cotizados con recargo.
- Cumplir años de cotización: Asegúrese de completar al menos 10 años de cotizaciones en total. Si cotizó en el antiguo sistema (IPS, CAPREDENA, Dipreca), junte esos años con los actuales para alcanzar el mínimo obligatorio.
- Consultar con expertos: Busque asesoría previsional en la AFP o en instituciones de información previsional (como ChileAtiende o la Superintendencia de Pensiones) para resolver dudas. También es útil revisar la normativa actualizada (por ejemplo, Ley 21.419) y los beneficios a los que puede optar.
- Revisar los beneficios estatales: Aunque se jubile antes, podría seguir beneficiándose de apoyos estatales (PBS, APS, PGU) si cumple requisitos de edad e ingresos. Planifique también su salud y seguros sociales para el período post-jubilatorio.
- No renunciar a trabajar automáticamente: Recuerde que en Chile no es obligatorio dejar de trabajar al pensionarse. Usted puede recibir su pensión anticipada y continuar en su empleo si así lo desea, lo que aumentará sus ingresos y sus fondos previsionales adicionales.
Enlaces útiles
- Superintendencia de Pensiones – Información oficial sobre el sistema de pensiones, modalidades y normativa vigente.
- ChileAtiende – Portal de atención ciudadana con trámites y guías para pensionarse.
- AFP ProVida
- AFP Habitat
- AFP PlanVital
- AFP Capital
- AFP Cuprum
Deja una respuesta
Leer más contenido relacionado